*Congreso del Estado aprueba reforma para incorporar la pensión compensatoria en el Código Familiar*
* La medida busca reparar el desequilibrio económico y patrimonial que enfrentan las mujeres que se dedicaron de manera preponderante a las tareas del hogar y de cuidados *San Raymundo Jalpan, Oax., a 23 de diciembre de 2025.-* En Sesión Ordinaria, el Congreso local aprobó una reforma al Código Familiar para el Estado para adicionar el artículo 128 Bis, mediante el cual se establece la figura de la pensión compensatoria como un derecho derivado de la disolución del matrimonio o del concubinato. Por lo tanto, se establece que, en caso de divorcio o terminación del concubinato, la persona que quede en desventaja económica tendrá derecho a recibir una pensión compensatoria, la cual deberá fijarse de acuerdo con las posibilidades del obligado. Asimismo, se precisa que este derecho es irrenunciable y que la obligación se extinguirá cuando se alcance un equilibrio económico suficiente. La modificación reconoce la pensión compensatoria como un deber de carácter asisten...